Información sobre el Paro Académico General de 21 y 22 de mayo de 2026
La Delegación General de Estudiantes de la Universidad de Granada ha convocado un Paro Académico General para los días 21 y 22 de mayo de 2026, en los términos previstos en el Reglamento de Paro Académico de la Universidad de Granada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento de Paro Académico, toda la comunidad universitaria deberá respetar tanto el derecho del estudiantado a secundar el paro académico como el derecho a la educación del estudiantado que no desee secundarlo. Asimismo, el seguimiento del paro académico no supondrá ningún perjuicio en la evaluación del estudiantado.
A estos efectos, se informa de lo siguiente:
La actividad docente debe mantenerse
El paro académico no implica la suspensión automática de las clases. El profesorado deberá atender al estudiantado que acuda a clase o participe en la actividad docente programada.
No debe perjudicarse al estudiantado que secunde el paro
El estudiantado que ejerza válidamente este derecho no debe sufrir consecuencias académicas negativas por su ausencia durante los días de paro.
Para ello, no se deben programar evaluaciones o actividades obligatorias que puedan afectar a la calificación del estudiantado. Si ya hubiera una actividad evaluable prevista, podrá reprogramarse durante el periodo lectivo restante o aplazarse a la fecha oficial establecida en el calendario oficial de exámenes del centro.
Actividades excluidas del ámbito de aplicación del paro académico
De conformidad con el artículo 2.2 del citado Reglamento, quedan excluidas del ámbito de aplicación del paro académico las prácticas externas curriculares, las prácticas extracurriculares y cualquier salida obligatoria ya organizada que no pueda ser desplazada a otra fecha.
En relación con el estudiantado que realiza prácticas externas curriculares en centros, se recuerda que dichas prácticas quedan excluidas del ámbito de aplicación del paro académico, por lo que deberán desarrollarse conforme a la planificación establecida.
Dudas o conflictos
En caso de duda o conflicto, la cuestión deberá elevarse al Consejo de Departamento o, en el caso de enseñanzas de máster, a la Comisión Académica correspondiente.
El Decanato, de acuerdo con las competencias que se le atribuyen en el artículo 59 de los Estatutos de la Universidad de Granada, velará por el correcto desarrollo de la actividad docente para aquel estudiantado que no desee secundar el paro, garantizando que no se produzca ningún tipo de interferencia o impedimento en el ejercicio de su derecho a la educación, conforme al artículo 18.2 del Reglamento.
Conforme a lo establecido en el artículo 20 del Reglamento de Paro Académico, el estudiantado que desee utilizar instalaciones del centro para actividades de apoyo a las reivindicaciones deberá solicitar su uso, para lo que se prevé un procedimiento igual al previsto en el artículo 20.2, letras a), b) y c), respetando en todo momento el Reglamento de Convivencia de la Universidad de Granada y el régimen disciplinario de su estudiantado.
Para cualquier circunstancia que se desee comunicar, puede contactarse con el Decanato a través de la dirección @email o enviar una Solicitud Genérica a la Facultad de Ciencias de la Educación mediante la sede electrónica de la UGR:
https://sede.ugr.es/portal/procedimientos/?cat=procedimientos/tipos_por_area/registro_electronico/
El texto completo del Reglamento de Paro Académico de la Universidad de Granada puede consultarse en el siguiente enlace:
https://www.ugr.es/sites/default/files/2025-01/BOUGR%20260.1.pdf